¡Buena noticia para Clara Chía! Novia de Piqué le gana demanda a paparazzi

Publicado el 27/06/2024 a las 19:49
- Paparazzi condenado por acosar a Clara Chía
- Jordi Martín irá un año a prisión
- Debe pagar $14 mil dólares por daños
¡Histórico! Por primera vez en España, a un fotógrafo, o mejor dicho un paparazzi, se le condena por acosar a una persona.
En este caso, se trata de Jordi Martín, quien perdió la demanda que le interpuso Clara Chía, la novia de Gerard Piqué.
El nombre de la joven se hizo mundialmente famoso luego de que se supiera que tenía una relación con el exfutbolista español, a su vez ex de Shakira.
Pero ahora, después de las burlas y los señalamientos en su contra, la española tiene una victoria en su vida.
La seguían a todos lados

De acuerdo con información de Récord, Clara Chía denunció a este paparazzi hace un año por acoso.
Cabe recordar que fue precisamente Jordi Martín el que reveló que entre la joven y Piqué había una relación cuando el exfutbolista se estaba separando de Shakira.
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Incluso, en alguna ocasión, Clara sufrió un accidente luego de que Jordi la siguiera.
Un juez determinó que el paparazzi invadía ámbitos privados de Clara Chía, por lo que tendrá que pasar un año en prisión.
Sin embargo, ese no será el único castigo que reciba el paparazzi por acosar a Clara Chía, novia de Pique.
Jordi Martín tendrá que pagarle a la joven cerca de 14 mil dólares por daño moral.
También, se le cobrarán los gastos médicos que la española tuvo que solventar cuando se accidentó por su culpa.
Obviamente, después de que salga de la cárcel, tendrá que estar alejado de ella.
Para finalizar, la revista Hola! tuvo acceso a un documento del juicio entre Clara Chía y el paparazzi Jordi Martín:
«Que debo condenar y condeno a Jordi Martín González como autor de un delito de acoso, a las penas de 6 meses de prisión…».
«La de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, a la prohibición de acercamiento a la Sra. Clara Chía Martí…».
«A su domicilio, lugar de trabajo y donde se encuentre a una distancia mínima de mil metros, por un periodo de un año y seis meses, y a la prohibición de comunicarse con ella…».
